El consistorio madrileño ha empezado a notificar a ciudadanos italianos las infracciones de tráfico cometidas en la capital de España. Hay ocho infracciones en las que las administraciones europeas pueden compartir información para denunciar estas conductas.
Las infracciones cometidas por ciudadanos italianos en Madrid ya les están siendo notificadas en su propio país. El Ayuntamiento de la capital de España ha empezado a enviar cartas a los infractores para reclamar el pago, para lo cual acude a la empresa externa NIVI Gestiones.
Al menos así lo denuncia Pyramid Consulting, una empresa especializada en recursos y sanciones de tráfico cuyos servicios han sido requeridos por algunos de los conductores ‘castigados’ por el consistorio madrileño.
Tal como requiere la normativa, la notificación se hace en su propio idioma, pero la duda legal es si la sanción puede ejercerse por parte de una tercera empresa, ya que la potestad sancionadora pertenece a la Administración y no puede delegarse. Es por ello por lo que Pyramid Consulting avisa de que en un caso así sólo pueden llegar requerimientos de pago, pero no embargos.
Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), los Ayuntamientos solo pueden tener acceso a información transfronteriza para reclamar sanciones de tráfico en ocho supuestos, los más graves que pueden darse en la conducción y que están contemplados en la Directiva Europea DE 2015/413.
Estos ocho casos son la no utilización del cinturón de seguridad o el casco, el exceso de velocidad, conducir en estado de embriaguez o bajo la influencia de las drogas, circular por un carril prohibido, el uso de teléfono móvil o la no detención en un semáforo en rojo.
Esta Directiva podría ampliarse próximamente a otros supuestos (como algunos de los más habituales, como saltarse los peajes o violar las zonas de bajas emisiones), pero de momentos los únicos por los que se pueden reclamar internacionalmente.