En la tramitación de la reforma de la Ley de Tráfico, un grupo político del Senado presentó una enmienda para imprimir negro sobre blanco la prohibición de fumar mientras se conduce o se está en un coche. No pasó al texto que después aprobaría el Congreso definitivamente, pero la caza del conductor-fumador está lanzada.
La nueva redacción de la Ley de Tráfico sí ha mantenido como muy grave la infracción por arrojar una colilla por la ventanilla del coche, sobre todo por el alto riesgo de provocar un gran incendio forestal o en otros parajes. Pero sigue sin entrar en ninguno de los artículos la prohibición de fumar. Porque se ha considerado más correcto que en lugar de la DGT sea el Ministerio de Sanidad el que cargue con la prohibición por razones obvias.
Sanidad ya ha pergeñado su Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2021-2025. Es un documento de más de 100 páginas en el que se propone eliminar totalmente el tabaco del interior de los coches particulares, entre numerosas medidas en otros ámbitos. Cuenta con el respaldo de las asociaciones de lucha contra el tabaquismo.
Sanciones
De momento, en España sigue sin estar prohibido fumar al volante, aunque hay una normativa inferior que habilita al agente de tráfico a sancionar al conductor que fume si advierte que en esa actividad ha puesto en peligro la seguridad vial debido a un alto grado de distracción. No es fácil advertir ese extremo ni que prospere una denuncia que la mayor parte de las veces tendrá un alto grado de subjetividad.

El agente, hoy en día, tendría que basar su multa en la violación del artículo 18.1 del Reglamento de Circulación: «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción…«. Pero ese caso no se da o sucede muy pocas veces.
Tampoco, como sucede en varios países de nuestro entorno, se castiga fumar en el coche en presencia de menores o de mujeres embarazadas. Una cosa es recomendar y otra sancionar. Hay sanciones en Francia, Italia, Reino Unido, Irlanda, Alemania, Austria o Grecia (todos ellos si hay menores o mujeres encinta) y en Países Bajos (solo cuando el coche es lugar de trabajo). Aquí llegarán, pero aún no sabemos cuándo.
Distracción
Hace más de dos años, una encuesta de la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria desveló que ocho de cada 10 españoles estaba de acuerdo en prohibir fumar en los coches si viajan niños, mientras que solo un 54% extendía la prohibición independientemente de los viajeros que ocuparan el vehículo.
Según estudios divulgados frecuentemente por la Dirección General de Tráfico, encenderse un cigarrillo mientras se conduce lleva 4,1 segundos de menor atención a la carretera, lo que se traduce en 130 metros si se circula a 120 km/h, 113 si se va a 100 km/h y unos 100 metros si la velocidad es de 90 km/h. Frenar totalmente el vehículo en esa distancia obliga a un tiempo de reacción y a una calidad de frenada muy altos, con claro riesgo de accidente.
El tiempo medio para fumarse un cigarrillo está entre los tres y los cuatro minutos, unos seis kilómetros de recorrido a 100 km/h. Mientras se fuma, la mano que sujeta el pitillo no permite agarrar el volante con plena capacidad, lo que supone un claro aumento de los riesgos de accidente, sin contar con el tiempo de distracción que supone buscar y guardar el paquete, sacar el cigarrillo, echar la ceniza en el cenicero…
Aún peor, el riesgo de provocar un incendio se acentúa en un 50%. Y simplemente la posibilidad -esas cosas pasan- de que la brasa del cigarrillo caiga sobre el conductor o su asiento genera una reacción peligrosísima en carretera, mayor a velocidades altas.